Debate sobre negacionismo en Chile: rol del Estado es clave
9 de noviembre de 2020Aprobar, justificar o negar las violaciones a los derechos humanos cometidas por la dictadura militar en Chile podría convertirse en un delito penado por la ley, al igual que en otros países latinoamericanos que están debatiendo el tema.
¿Es posible replicar la experiencia alemana en este campo, o sería contrario a la libertad de expresión? En entrevista con DW, el politólogo Rainer Huhle, del Centro de Derechos Humanos de Núremberg, analiza alcances, antecedentes y contextos de este tipo de ley.
DW: ¿Es positivo contar con leyes que condenen el negacionismo de ciertos crímenes?
Rainer Huhle: Depende de qué tipo de ley y de qué tipo de negacionismo estemos hablando, y cuáles son los bienes protegidos por esas leyes.
En el caso chileno, ¿es sancionable la negación de los crímenes de la dictadura?
Las comisiones de verdad son una política pública del Estado, que establece ciertas verdades, y este debe asumir la responsabilidad de defenderlas. Si un funcionario público niega los crímenes de la dictadura, merece una sanción. El proyecto de ley de negacionismo en Chile prevé un agravamiento de las penas para los funcionarios públicos que niegan los crímenes de la dictadura, lo que me parece totalmente justificado. Pero en cuanto a personas particulares, las medidas contra el negacionismo siempre han mostrado sus bemoles.
¿Y en Alemania?
Aquí y en algunos otros países europeos la negación del Holocausto es un delito y puede ser penalizado por la justicia, pero bajo cierto razonamiento. La negación del Holocausto automáticamente es considerada una incitación al odio y una ofensa a la dignidad de las víctimas del Holocausto. Esto, porque los hechos están tan claramente establecidos que es muy difícil suponer que una negación de ellos provenga de una intención buena o inocente.
¿Esto puede ser aplicable en Chile?
El Estado tiene obligación de defender los resultados y recomendaciones de sus comisiones. Pero, por ejemplo, si alguien dice que ha investigado el tema y que el número exacto de víctimas de la dictadura es menor, ¿estaría eso penado por la nueva ley? Ojalá que no. Hay que ser muy cuidadosos y dejar abierto el espacio para la investigación académica. Los informes deben ser objeto de investigaciones posteriores, y, de hecho, es lo que ocurre. Los conocimientos posteriores pueden actualizarlos. No se puede castigar penalmente a quien se aboque a esa tarea, pero si lo hace con la intención política de minimizar o justificar ideológicamente los crímenes, eso ya es otra cosa.
¿Qué aspectos ayudan a determinar si hay delito?
El proyecto chileno dice algo muy importante: "Siempre que esos actos de negación perturben el orden público o bien impidan, obstruyan o restrinjan de forma ilegítima el ejercicio de un derecho por parte del o los ofendidos”. La negación es más que una simple expresión de una opinión, sino que es un acto intencional de obstruir o perturbar el orden público, ofender o producir un daño a otros. Esa es también la línea en que yo esperaría que fuera juzgado por las cortes que verían esos casos. Siempre hay que distinguir entre la defensa de opiniones, incluso de opiniones que parecen ofensivas, y un acto que se dirige a violar los derechos de otras personas, también protegidos por la ley y por los principios de los derechos humanos.
La organización Human Rights Watch (HRW) llamó a rechazar este proyecto por considerar que atenta contra la libertad de expresión. ¿Está de acuerdo?
Mi lectura, desde lo que hemos visto en Europa, es que tenemos que ponderar dos tipos de derechos: a la libre expresión, que es fundamental en las sociedades libres, y a ser protegido por el Estado ante agresiones que nos ofenden en nuestros derechos. En Estados Unidos la balanza está muy fuertemente del lado de la libre expresión, que es interpretada de manera ultraliberal. En el derecho europeo, generalmente valoramos algo más la protección de la buena fama y la dignidad de las personas. Esto hay que verlo desde la perspectiva de personas, una que ofende y otra que es ofendida, y las jurisprudencias tienen tradiciones más al lado de una u otra.
¿Cuánto define la ley y cuánto es la interpretación de la corte?
Mientras no hay ofendido, no deberíamos restringir la libertad de expresión. Siempre depende de si alguien se siente ofendido por esas expresiones, y en ese caso, el juez deberá ponderar en qué medida esto se puede reconocer. El proyecto de ley indica el camino, pero no lo puede definir suficientemente y todo depende de la Justicia.
¿De qué manera se pueden prevenir expresiones negacionistas?
En primer lugar, es una obligación política del Estado defender las verdades que han establecido las comisiones instituidas por éste. El rol y la importancia que en esta defensa debe tener el derecho penal, ese es el debate.
¿El camino penal debería ser secundario, o quizás complementario?
Mi impresión es que el Estado chileno, en sus últimos gobiernos, no ha sido un defensor muy vocal de los resultados y recomendaciones de las comisiones. Y si ahora surge una ley que reacciona a un aumento del negacionismo, lo primero que yo esperaría es un fuerte rechazo político del gobierno ante este problema, aislar esas opiniones negacionistas y rechazarlas tajantemente en los medios. A la larga, eso es más efectivo que usar el Derecho Penal, que, en todo caso, tendría que ser complementario. Es una ilusión creer que la penalización de ciertas opiniones negacionistas nos llevará a exterminarlas. Puede incluso tener el efecto contrario.
¿Y en la experiencia alemana, la ley ha sido útil o ha tenido efectos contrarios?
Ha sido útil en el sentido de que, casi exclusivamente, se ha aplicado a personas vinculadas a la extrema derecha que hacen propaganda de la ideología nazi, y parte de esa propaganda es la negación de los crímenes nazis.
El contexto para la interpretación de una ley penal contra el negacionismo es sumamente importante. No debe aplicarse a personas que simplemente dudan de ciertas verdades que no consideran suficientemente sustanciadas por la investigación histórica.
HRW también ha alertado que una ley antinegacionista puede llevar a los sancionados a victimizarse y generar más atención hacia sí mismos, lo que tendría el efecto contrario al esperado.
Eso no se puede excluir, y es una de las razones por las que se recomienda prudencia en la aplicación de ese tipo de leyes, pero la verdad es que los ideólogos de la extrema derecha, y esa es nuestra experiencia en Alemania, siempre se presentan como víctimas. No necesitan una ley penal para eso. Presentarse excluidos y perseguidos políticamente es una manera de captar público. Si realmente es necesario penalizar actitudes dirigidas a ofender a ciertas personas, en ese caso no es un argumento muy fuerte el que al final ellos se van a presentar como víctimas. Eso es parte de una táctica permanente y todos los procesos que tienen un tinte político ofrecen una tribuna para ello.
En su opinión, ¿las leyes europeas sobre negacionismo contravienen los estándares internacionales de libertad de expresión, como plantea HRW?
Ese es un debate permanente entre estadounidenses y europeos. Los márgenes de interpretación varían de una corte internacional a otra y de un comité a otro. Hay sentencias de la corte europea de DD. HH. que avalan ciertas leyes y decisiones de la justicia nacional, por ejemplo de Alemania, y determinan que no están en contra de la convención europea de DD. HH. Todas las convenciones que consagran la libertad de expresión también consideran que hay casos en que puede tener límites y depende de cómo los interpretamos. En Europa son, en general, más protectores para los ofendidos, pero no se puede afirmar tajantemente que las decisiones legislativas y judiciales en este sentido contradigan normas internacionales. No tiene sentido fijarse puramente en la ley y la interpretación de abogados, son discusiones que debemos entender desde el debate político.
Para Chile y América Latina, ¿qué aporte representa la discusión de esta ley?
Es algo bastante novedoso e interesante. Es muy importante aprender las lecciones de otros países, de los logros, pero también de los peligros que ese tipo de leyes pueden llevar. No sabemos todavía si el Congreso chileno la aprobará, pero quizás el logro más importante es que el tema se haya abierto al debate público y la gente se haya puesto a pensar en estos temas: ¿Hasta dónde llega nuestro derecho a la libre expresión y dónde tiene sus límites? ¿Estamos negando crímenes que obviamente han sucedido y estamos ofendiendo a alguien, o es simplemente una locura que nos podemos permitir? Esta ley está planteada en términos bastante generales y abre mucho margen a los jueces. Si es aprobada, no termina el debate. Cada juicio lo va a reabrir.
Rainer Huhle es cofundador y miembro del Centro de Derechos Humanos de Núremberg y docente en la maestría de Derechos Humanos de la Universida de Erlangen-Núremberg. Ha investigado y publicado sobre política y derechos humanos en América Latina.
(cp)